Patrón de Embarcaciones de Recreo
ATRIBUCIONES DEL TÍTULO
Atribuciones básicas:
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Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta.
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Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
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Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:
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Si se realizan las practicas de navegación se podrán gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, así como navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.
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Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 15 metros de eslora o bien hasta 24 metros de eslora si también se han realizado las prácticas de navegación.
CONDICIONES DE OBTENCIÓN
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Haber cumplido 18 años de edad.
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Aprobar el examen teórico correspondiente.
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Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
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Presentar un informe de aptitud psicofísica de acuerdo al capítulo IV del Real Decreto 875/2014.
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Realizar el curso de radio-operador de corto alcance.