Patrón de Navegación
Básica
ATRIBUCIONES DEL TÍTULO
Atribuciones básicas:
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Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
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Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:
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Gobierno de embarcaciones de recreo a vela, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
CONDICIONES DE OBTENCIÓN
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Haber cumplido 18 años de edad, o 16 años con consentimiento paterno o de tutor.
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Aprobar el examen teórico correspondiente.
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Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
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Presentar un informe de aptitud psicofísica de acuerdo al capítulo IV del Real Decreto 875/2014.
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Realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 2 horas, que se realizarán en tierra, en un simulador homologado de una escuela.